Comisión de legislación acuerda emitir dictamen para creación de subcomisión que estudiará desafuero de magistrado
Este martes se reunió la comisión de legislación donde se sigue el estudio de solicitud de ante juicio y desafuero del magistrado Jaime Escalante.

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El presidente en funciones de la comisión legisladora, Ricardo Velásquez Parker, convocó este martes a una reunión para la creación de una comisión especial que se comience el antejuicio contra Jaime Escalante, señalado de agresión sexual en menor e incapaz.
Con la aprobación total de los legisladores, se acordó emitir el dictamen para la creación de comisión de antejuicio contra el magistrado Escalante. Parker confirmó haber recibido una llamada del presidente de la Asamblea Legislativa, Norman Quijano, quien ha solicitado una sesión plenaria extraordinaria para las 6:00 p.m.
Pdte. en funciones de la #CLegislaciónAL, diputado @ravelpak informa que el presidente de la Asamblea, doctor Norman Quijano convocará a sesión plenaria extraordinaria hoy martes a las 6 de la tarde, y cierra la sesión de trabajo.
— Asamblea Legislativa 🇸🇻 (@AsambleaSV) February 26, 2019
#DoctorNormanQuijano#PresidenteAsambleaLegislativa#SesiónPlenariaExtaordinaria https://t.co/wL7P378Iqv
— Asamblea Legislativa 🇸🇻 (@AsambleaSV) February 26, 2019
Según el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa (RIAL),el artículo 124 y 125 dicta el procedimiento de antejuicio y establece que una vez en el seno de la comisión esta deberá dictaminar si la denuncia cumple con los requisitos necesarios y lo hará del conocimiento del Pleno.
ARTÍCULO 124: Procedimiento de antejuicio. Recibida la denuncia en la Asamblea o si fuere enviada por el Fiscal General de la República, o por el juez, en su caso, el expediente se pasará a la Comisión de Legislación y puntos constitucionales, para que dictamine si la denuncia cumple con los requisitos necesarios.
ARTÍCULO 125: Dictamen de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.
La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales emitirá el dictamen y lo hará del conocimiento de la Asamblea; si esta determina que se han reunido los requisitos legales, declarará abierto el proceso de antejuicio contra el funcionario que goza del privilegio constitucional; en caso contrario, el expediente pasará al Archivo.