TSE pide respetar silencio electoral tres días antes de elecciones presidenciales
Las instituciones políticas deberán bajar, eliminar o dejar de transmitir propaganda electoral en las diferentes vallas, rótulos o mupis.

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Los partidos políticos, coaliciones, personas naturales o jurídicas, así como asociaciones y organizaciones deberán respetar el silencio electoral entre el 31 de enero, el 1, 2 y 3 de febrero, por lo que no podrán publicar o difundir por cualquier medio de comunicación ningún tipo de propaganda o contenido político respecto a cualquier candidato inscrito en las elecciones presidenciales 2019.

Las instituciones políticas deberán bajar, eliminar o dejar de transmitir propaganda electoral en las diferentes vallas, rótulos o mupis, inclusive las vallas electrónicas en los días determinados, acorde a lo estipulado en el artículo 176 del Código Electoral.
El incumplimiento de esta disposición legal del TSE sería sancionado por el ente colegiado de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 del Código Electoral, referente a la Multa por Propaganda Anticipada, Difusión de Encuestas y Portación de Símbolos Partidarios.
“La contravención a lo dispuesto en el artículo 175, 176 y 177 de este Código hará incurrir a los responsables en una multa de diez mil a cincuenta mil colones o su equivalente en dólares”, indica la ley.
#Elección2019 El TSE comunica que de conformidad al artículo 175 del Código Electoral, queda prohibida la propaganda electoral durante los tres días anteriores a la elección y en el propio día de la misma. #Comunicado pic.twitter.com/WE2Lk8jK3G
— TSE El Salvador (@TSEElSalvador) 17 de enero de 2019